A un paso de ser ley proyecto de Migración y Extranjería

A un paso de ser ley proyecto de Migración y Extranjería

Se hacía urgente aprobar una nueva norma migratoria que regule el ingreso, la estadía, la residencia y el egreso de los extranjeros del país, así como el ejercicio de sus derechos y deberes, mencionó el senador José Miguel Durana, durante su intervención en la Sala del Senado cuando se aprobó la Ley de Migración y Extranjería, quedando lista para ser ley.

El legislador recalcó que el apremio era no sólo por la antigüedad y obsolescencia de la norma que actualmente nos rige, sino porque se actualiza la normativa existente en materia de migración y extranjería, preocupándose de promover un proceso migratorio ordenado, seguro y regular que dé garantías a quienes ingresan al país como a quienes viven aquí.

“Una vez que las condiciones sanitarias lo permitan y se abran nuestras fronteras, nos enfrentaremos, nuevamente, a la realidad de un masivo ingreso de ciudadanos de distintos países, lo cual es especialmente sensible para la Región de Arica y Parinacota que es la puerta de entrada norte el país, confluyendo gran cantidad de extranjeros”, precisó el legislador.

Una de las críticas que hizo sentir el parlamentario ariqueño a esta norma, en el hemiciclo del Senado, es al artículo 8vo transitorio de la norma propuesta porque permite la regularización de los extranjeros que hubieren ingresado al país por pasos no habilitados hasta el 18 de marzo de 2020 y que se encuentren en situación irregular.

“Miles de extranjeros que se encuentran en nuestro país, en situación irregular, podrán regularizarse mediante un simple procedimiento administrativo que comprende un permiso laboral transitorio.  Esto afecta, especialmente a las regiones del norte, por lo mismo voté en contra de este proceso que lamentablemente fue aprobado”, dijo Durana Semir.

Planteó que todo extranjero que haya ingresado, transgrediendo la ley y que quiera vivir legalmente en Chile debería salir de nuestras fronteras e iniciar un proceso migratorio a través de los consulados correspondientes. Esa es la forma ordenada y legal de hacerlo y no la forma extraordinaria y arbitraria contenida en este artículo 8 propuesto.

Distinta es la situación de las personas que tienen la calidad de refugiados y sus familias como comprende la ley. “Debemos considerar que nuestra Nación alberga a miles de refugiados venezolanos, cubanos y otras nacionalidades y nos debemos abocar a que su permanencia sea legal y con pleno respeto de sus derechos, en pleno cumplimiento de los Tratados Internacionales ratificados por Chile y que se encuentren a la fecha vigentes”.

Finalmente, el parlamentario recalcó el gran consenso que hubo en la tramitación de esta ley, cambiando el paradigma de comprensión de la migración, de una visión de control, a una que establece derechos y deberes para los migrantes, fomentando su integración e inclusión y contemplando procedimientos sancionatorios que incluyen el principio de contrariedad, además de recursos administrativos como judiciales.

Asimismo, incorpora una serie de principios de protección, como lo son la promoción, respeto y garantía de derechos, así como el interés superior del niño, un procedimiento migratorio informado, entre otros.